El nuevo Código Penal establece la responsabilidad penal de las empresas y exige a las compañias implantar un sistema de prevención de delitos. Pero, ¿quién debe de ocuparse de este labor?

Todas las empresas deberán contar en un futuro muy cercano con una política de prevención de delitos para luchar contra los posibles comportamientos fraudulentos que se puedan cometer en su sociedad, cuya responsabilidad recaerá en la figura del controller jurídico. Este sistema de prevención, siempre que se realice con la suficiente diligencia, será lo único que podrá eximir a las compañías de una posible responsabilidad penal en caso de delito. El proyecto de Ley Orgánica de Reforma del Código Penal, que ya ha iniciado su tramitación parlamentaria, dice claramente que se exigirá a las empresas que diseñen e implanten modelos de organización para prevenir los comportamientos delictivos de la empresa, sus administradores, representantes o empleados. Sin embargo, de esta misma norma surgen diferentes incógnitas: ¿es necesario crear un nuevo departamento? ¿Puede una única persona asumir esta responsabilidad?

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https://www.expansion.com/2013/11/06/juridico/1383767899.html#!

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