El interés superior del menor es algo que siempre debe iluminar la reconstitución de las familias tras separación y divorcio. Hay muchas fórmulas, y hay que buscar la adecuada a cada caso concreto.
Existe la posibilidad de iniciar un régimen de visitas del menor integrado y vinculado más con uno de los progenitores, a favor del otro progenitor, no custodio, y que este régimen de visitas vaya evolucionando.
Nos lo comenta la sentencia cuyo link adjunto a continuación.
Sentencia del Tribunal Supremo (Sala Civil) núm. 492/2018 de fecha 14/09/2018
https://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=8506239&links=custodia%20t%C3%ADa&optimize=20180924&publicinterface=true
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