Buenos días si desea usted conocer algo sobre el divorcio, esta es la publicación que le ayudará.
Se trata de un esbozo sobre el asunto, desde luego, si desea usted divorciarse, le ruego infórmese en www.analeon.com Somos especialistas en derecho de familia desde hace más de 20 años. No es necesario que venga usted físicamente, nos puede llamar por teléfono o escribirnos a nuestro correo electrónico, o contactar con nosotros vía Skype, Face Time o cualquier otra aplicación similar.
Puede usted leer los post que publico en mi web, en el área de noticias, y tendrá usted respuestas a muchas de sus preguntas e inquietudes.
Para el proceso de divorcio necesita usted un abogado que dirija técnicamente el procedimiento judicial y que redacte una demanda en su nombre y un procurador que le represente.
Después hay una vista oral, con práctica de la prueba que hayan propuesto las partes, y a la que debe usted asistir y finalmente una sentencia:
1.- Uno de los cónyuges contrata a un abogado, quien escribe una petición o demanda. En este documento legal se establece por qué el cónyuge quiere un divorcio y cómo quiere llegar a un acuerdo sobre las cuestiones financieras y de custodia, entre otras.
2.- El Procurador, por encargo del cliente y del abogado presenta la demanda ante el Juzgado que corresponda (en función de lugar de residencia de los cónyuges, o último domicilio del matrimonio, o de los hijos).
3.- El Juzgado procede a citar al cónyuge demandado, quien debe responder dentro del término de 20 días hábiles en derecho español. Para el caso de que haya hijos menores o personas con modificación de la capacidad a cargo de la familia, se debe dar traslado de la demanda al Ministerio Fiscal, quien también será parte en el proceso.
4.- El juzgado da traslado a las partes y Ministerio Fiscal para designar testigos y / o peritos, en caso de ser propuestos por las partes, y más tarde, en el propio acto de la vista oral del procedimiento judicial, el juzgador se pronunciará sobre si considera que las pruebas son o no necesarias para el fin que persiguen las partes.
5.- Se señala día y hora para la vista oral, a la que acudirán ambos cónyuges, demandante y demandado y el Ministerio Fiscal, y se celebra la misma con la práctica de la prueba admitida por Su Señoría. En el acto de la vista oral se interroga a las partes, por lo que hay ambos esposos deben comparecer en sala.
6.- El derecho de familia es un derecho vivo, que contempla que se llegue a un acuerdo o a un desacuerdo en cualquier momento. Si hubiera tal acuerdo, se puede recoger el mismo en la Sentencia que es la resolución judicial que concluye este procedimiento en el Juzgado de Familia de Primera Instancia en España.
7.- Si hubiera acuerdo de mediación, el mismo puede homologarse en Sentencia Judicial, previo visto bueno por parte del Ministerio Fiscal y del Juez.
8.- El procedimiento judicial concluye mediante la resolución judicial en forma de sentencia que otorga el divorcio y pone fin al régimen económico matrimonial ( sociedad legal de gananciales, separación de bienes, o régimen de participación que es poco utilizado en España).
9.- La sentencia adquiere firmeza si no se apela, puesto que para el caso de que uno de los cónyuges no esté de acuerdo, interpondrá recurso de apelación ante la Audiencia Provincial del lugar que corresponda conforme a derecho.
Nosotros también somos mediadores en los proyectos de mediación intra y extrajudicial del Ministerio de Justicia, y tenemos una amplia experiencia en este sentido, por lo que le ofrezco igualmente esta vía para su divorcio.
Si necesita usted más información, sobre precios, tiempos, etc, todo dependerá de sus circunstancias personales (pensión compensatoria, hipoteca familiar, sueldos de ambos cónyuges, etc.) y familiares (si hay hijos, cuántos de qué edad, si hay personas con modificación de la capacidad a cargo de la familia, pensiones de alimentos, actividades extraescolares de los hijos comunes, redacción de plan de parentalidad, etc.), lugar donde se tenga que tramitar el divorcio, etc.
Quedo a la espera de sus noticias, y le ruego me haga una valoración positiva de mi contestación.
Tenemos un amplio horario para atenderle, desde las 10:00 a las 18:00 de lunes a viernes laborables.
Somos un equipo de personas muy profesionales a su disposición, todos asequibles, bien informados, especializados y que nos encanta el trato con el cliente.
Muchas gracias por su consulta, reciba mi cordial saludo, atentamente,
Ana León Garrigosa
Abogada colegiada 1862
Con actuación profesional en toda España y en Europa.
Despacho de Abogados que trabaja en castellano, inglés y francés
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