El Observatorio Legal del Colegio de Abogados de Valladolid, informa de las siguientes novedades legislativas.

Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio,  de protección integral a la infancia y la adolescencia. BOE 05/06/2021. La norma, con entrada en vigor a los veinte días de su publicación, tiene como objetivo – como se expresa en la Exposición de Motivos- el combate contra la violencia sobre la infancia y la adolescencia, definiendo el concepto de violencia sobre la infancia y la adolescencia y regulando  los derechos de los niños, niñas y adolescentes frente a la violencia. La norma modifica en el ámbito procesal  el  artículo 261 de LECrim. estableciéndose  una excepción al régimen general de dispensa de la obligación de denunciar, al determinar la obligación de denunciar del cónyuge y familiares cercanos de la persona que haya cometido un hecho delictivo cuando se trate de un delito grave cometido contra una persona menor de edad, asimismo, convierte en excepcional la declaración en juicio de los menores de catorce años o de las personas con discapacidad necesitadas de especial protección, estableciéndose como norma general la práctica de la prueba preconstituida en fase de instrucción y su reproducción en el acto del juicio y  se da una nueva regulación a los delitos de odio, comprendidos en los artículos 22.4,314, 511, 512 y 515.4 del Código Penal. La norma modifica asimismo, entre otras, la Ley de Protección Jurídica del Menor, Código Civil, Ley de Enjuiciamiento Civil y la  Ley General Penitenciaria. Puedes consultar la norma indicada en el siguiente enlace.

Disposición 9347 del BOE núm. 134 de 2021

Ley 8/2021, de 2 de junio,  de reforma civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad. BOE 03/06/2021.  La norma, con entrada en vigor a los tres meses de su publicación, tiene como objeto el respeto a la voluntad y las preferencias de la persona con discapacidad. Entre otras novedades, modifica el  expediente de autorización o aprobación judicial de actos de enajenación o gravamen de bienes pertenecientes a menores o personas con discapacidad, de acuerdo con la nueva regulación del artículo 62.3 de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria, la intervención de abogado y procurador ya no será preceptiva en todos los casos en que la cuantía de la operación supere los 6.000 euros. La presente norma  regula asimismo aspectos sustanciales del Derecho de Familia, en concreto, y entre otras modificaciones, se modifica    el art. 96 del CC señalando que en defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por la autoridad judicial el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario de ella corresponderá los hijos comunes menores de edad y al cónyuge en cuya compañía queden, hasta que todos aquellos alcancen la mayoría de edad. La norma modifica, asimismo, la Ley de Jurisdicción Voluntaria, Código de Comercio, Ley del Registro Civil, Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Hipotecaria, pudiendo consultar la norma indicada en el siguiente enlace.

Disposición 9233 del BOE núm. 132 de 2021

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