[Jurisprudencia] [TS][Mercantil] Inundación. Riesgos extraordinarios. Reclamación contra el CCS cuando la prima del seguro prorrogado se ha pagado después del siniestro,transcurridos seis meses después del vencimiento de la póliza. Inoponibilidad al CCS del pacto entre mediador y asegurador

El litigio causante del presente recurso de casación versa sobre la procedencia de la cobertura por el Consorcio de Compensación de Seguros de los daños derivados de riesgos extraordinarios cuando el pago de la prima del seguro ordinario se produce, después de su prórroga, y en virtud de una práctica existente entre la aseguradora y el tomador del seguro, el mismo día que el siniestro, una vez transcurridos seis meses después del vencimiento de la prima.

El juzgado desestimó la demanda interpuesta contra el Consorcio. La demandante interpuso recurso de apelación. La Audiencia estima parcialmente el recurso y condena al Consorcio a pagar a la demandante 908.762 euros.

El Supremo estima parcialmente el recurso.

https://www.poderjudicial.es/search/openCDocument/f373cd0dfb4af31e90affcdf0c0eef1827fd63a66743b0d6

 

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