Efectivamente la pensión de alimentos de alimentos hay que pagarla pues así lo reconoce la sentencia judicial, contrato privado, o acta final de mediación.

Ello es independiente de cuál de los dos progenitores esté disfrutando de la compañía de sus hijos.

Para más información contacte con nuestro despacho y le asesoraremos encantados.

Share This
¡Hola! ¿Puedo ayudarte?