25 de Septiembre de 2014

El Tribunal Supremo ha determinado que la toma biológica de muestras biológicas para la práctica de la prueba del ADN con el consentimiento del imputado cuando se encuentra detenido en sede policial necesita de asistencia de asistencia letrada o, en su defecto, de autorización judicial.

El Pleno de la Sala de lo Penal, reunido en Sala General, ha llegado a esta conclusión tras unificar este miércoles la doctrina en materia de la recogida de prueba de ADN en sede policial al haber varias resoluciones de diferentes juzgados contrapuestas.

Los magistrados han sentenciado que es además válido contrastar las muestras obtenidas en la causa objeto de enjuiciamiento con los datos que constan en la base policial referidos a casos diferentes aunque el acusado no esté acompañado de abogado y siempre que no haya cuestionado la licitud y validez de esta información durante la fase de instrucción del proceso, antes del juicio oral.

https://www.legaltoday.com/actualidad/noticias/el-ts-aclara-que-solo-se-puede-tomar-muestras-biologicas-cuando-el-detenido-este-con-su-abogado-o-lo-ordene-un-juez

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