19 de Mayo de 2014

Incluye sentencia.

El Tribunal Supremo ha dado la razón a una mujer que quedó insatisfecha con el resultado de la intervención de cirugía estética a la que se sometió y ha ordenado a los herederos del médico que la atendió y a la compañía aseguradora de la clínica a indemnizarle con 87.209 euros. El Alto Tribunal alude a jurisprudencia que establece que “en la medicina llamada voluntaria la relación contractual médico-paciente deriva de un contrato de obra” donde “la responsabilidad por incumplimiento o cumplimiento defectuoso se produce en la obligación de resultado en el momento en que no se ha producido éste o ha sido defectuoso”.

https://www.legaltoday.com/actualidad/noticias/el-supremo-obliga-a-los-herederos-de-un-cirujano-estetico-a-indemnizar-a-una-paciente-insatisfecha-con-una-liposuccion

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