Directiva (UE) 2020/285 del Consejo de 18 de febrero de 2020 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE

La Directiva (UE) 2020/285, aprobada por el Consejo Europeo en 2020, exime del IVA y de las obligaciones de declaración (facturación, trimestres) a autónomos y pequeñas empresas con una facturación anual inferior a 85.000 euros. Esta normativa, conocida como el «IVA franquiciado», debía estar en vigor en toda la UE el 1 de enero de 2025.

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Puntos clave:
  • Situación en España: España aún no ha traspuesto esta directiva, siendo el único país de la UE que no la aplica, lo que ha generado advertencias y denuncias por parte de la Comisión Europea.
  • Beneficiarios: La medida está pensada para aliviar la carga administrativa y fiscal de pequeños autónomos y pymes que facturen menos de 85.000€ anuales.
  • Funcionamiento: Si se aplica, estos autónomos ya no tendrían que incluir el IVA en sus facturas ni declarar los modelos trimestrales de este impuesto.
  • Conflictos actuales: La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ha denunciado al Gobierno español por la falta de aplicación, lo que supone un impacto negativo de competitividad para los pequeños negocios españoles.
    ATA – Asociación de Trabajadores Autónomos +5

📌 1. Objeto y finalidad

La Directiva modifica la Directiva 2006/112/CE (IVA) para reformar el régimen especial aplicable a las pequeñas empresas (pymes).

👉 Objetivo principal:

  • Simplificar las obligaciones del IVA para las pymes.
  • Reducir costes administrativos.
  • Mejorar la neutralidad y evitar distorsiones de competencia entre Estados miembros.

📌 2. Problema que aborda

El sistema anterior:

  • Era obsoleto.
  • No reducía suficientemente la carga administrativa.
  • Estaba pensado para un modelo de IVA distinto (basado en el Estado de origen).

📌 3. Principales novedades

✅ a) Nuevo régimen de franquicia del IVA para pymes

  • Se permite a los Estados miembros establecer exenciones de IVA para pequeñas empresas con un volumen de negocio inferior a un umbral.
  • Este régimen se aplica a entregas de bienes y prestaciones de servicios de pequeñas empresas.

✅ b) Aplicación transfronteriza

  • Gran novedad: una pyme puede beneficiarse del régimen de exención en otros Estados miembros (no solo en el suyo).
  • Para ello:
    • Debe cumplir un límite de facturación a nivel de la UE.
    • Debe registrarse y comunicar información a su Estado de establecimiento.

👉 Esto favorece el mercado único.


✅ c) Umbrales y control

  • Cada Estado fija su umbral nacional.
  • Se introduce también un umbral máximo de volumen de negocios en la UE.
  • Si se supera, la empresa pierde el derecho a la exención.

✅ d) Simplificación administrativa

  • Se crean procedimientos electrónicos comunes para:
    • Notificaciones.
    • Intercambio de información entre administraciones.
  • Refuerzo de la cooperación administrativa mediante modificación del Reglamento (UE) nº 904/2010.

✅ e) Definiciones armonizadas

  • Se precisan conceptos como:
    • “Volumen de negocios anual en el Estado miembro”
    • “Volumen de negocios anual en la Unión”

📌 4. Efectos prácticos

  • Menos cargas formales para pymes (menos declaraciones, menos obligaciones).
  • Mayor facilidad para operar en varios países de la UE.
  • Mejor control por las administraciones tributarias.

📌 5. Transposición y aplicación

  • Los Estados miembros debían:
    • Transponer antes del 31 de diciembre de 2024.
    • Aplicar las normas desde el 1 de enero de 2025.

✅ Resumen final (en una frase)

La Directiva (UE) 2020/285 moderniza el régimen de IVA para pequeñas empresas, creando un sistema más simple, armonizado y aplicable en toda la UE, especialmente en operaciones transfronterizas.

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